Corrientes

Usó una causa por narcotráfico para pincharle el teléfono a su esposa y la Corte confirmó su condena

Pablo Carlos Molina, exsecretario de un juzgado federal de Corrientes, había sido condenado a cuatro años de prisión por ordenar escuchas sobre las líneas de su entonces esposa y de otro hombre, utilizando una causa por narcotráfico. La Corte Suprema rechazó el recurso de su defensa.

La Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena a cuatro años de prisión contra Pablo Carlos Molina, exsecretario judicial de Corrientes, por haber ordenado la intervención ilegal de los teléfonos de su entonces esposa y de un hombre con quien sospechaba que ella mantenía una relación.

Con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal rechazó por inadmisible el recurso de queja presentado por la defensa y confirmó así la sentencia por abuso de autoridad y falsedad ideológica.

Según se estableció durante el juicio oral realizado en Corrientes, Molina utilizó una investigación vinculada con narcotráfico para impulsar las escuchas telefónicas. De acuerdo con la acusación, actuó junto al entonces juez federal Carlos Vicente Soto Dávila.

Las comunicaciones fueron interceptadas entre el 18 de septiembre y el 1° de octubre de 2014. El caso salió a la luz en marzo de 2019, cuando empleados judiciales encontraron 28 discos compactos que contenían las grabaciones.

Entre el material aparecían numerosas conversaciones entre el propio Molina y su esposa. Según la investigación, en varias de ellas el exfuncionario judicial la insultaba e incluso la amenazaba.

La Justicia Federal de Corrientes se declaró incompetente para investigar ese tramo del caso y remitió las actuaciones a la Justicia de Chaco, donde residían Molina y la mujer damnificada.

Ya había sido condenado en otra causa

Cuando se descubrieron las escuchas, Molina ya había sido apartado de la Secretaría Penal N°2 del Juzgado Federal de Corrientes por decisión de la Cámara Federal.

El exsecretario era investigado en otra causa junto a Soto Dávila por maniobras destinadas a favorecer a personas vinculadas con el narcotráfico.

En 2023 ambos fueron declarados culpables de integrar una asociación ilícita que, según la sentencia, cobraba coimas a cambio de resoluciones judiciales favorables.

En diciembre de 2024, la Cámara Federal de Casación Penal agravó las penas: seis años de prisión para Soto Dávila y cinco años para Molina, al considerar al exjuez jefe de la organización y al exsecretario integrante de la estructura criminal.

Durante el juicio por las escuchas también se incorporó un elemento destacado por la Fiscalía. El mismo día en que Molina firmó el oficio para intervenir los teléfonos de su esposa, también rubricó una resolución que benefició con una exención de prisión a Carlos Alberto Bareiro, alias “Cachito”, señalado como un conocido líder narco de Itatí.

Según la acusación de aquella causa, los funcionarios habrían recibido $1 millón a cambio de esa resolución judicial.

La condena por las escuchas

En 2025, el Tribunal Oral Federal de Corrientes condenó a Molina a cuatro años de prisión por las intervenciones telefónicas ilegales.

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó esa decisión en abril de 2026.

La defensa intentó llevar posteriormente el caso ante la Corte Suprema y sostuvo que se habían vulnerado el derecho de defensa, el debido proceso y el principio del beneficio de la duda.

Finalmente, el máximo tribunal desestimó el planteo por inadmisible mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, por lo que la condena contra el exsecretario judicial quedó firme.


Con información de La Nación.

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