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La Secretaría de Salud incorporó hoy tratamientos hormonales para el cambio de sexo al Programa Médico Obligatorio (PMO) “promoviendo que la imagen se adecue al género autopercibido”, indica la resolución 3159/2019 publicada en el Boletín Oficial.

En los considerandos se explica que “con los avances de la tecnología sobre la base de la evidencia disponible, se van incorporando nuevas alternativas para el cuidado del cuerpo y de la salud sexual y la salud reproductiva”.

También se explica que la identidad de género “reconoce la garantía personal a la identidad de género de las personas”, entendida como “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”.

“Esto puede involucrar -continúa la resolución- la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido”.

Se dispuso la actualización del listado de cobertura básica que brindan los agentes del seguro de salud. Desde ahora, se incluyen aquellas drogas utilizadas en proceso de hormonización e inhibición de la pubertad.

Se trata del acetato de ciproterona, testosterona gel, 17ß-estradiol gel, valerato de estradiol, espironolactona, undecanoato de testosterona y triptorelina.
La Secretaría de Salud diferencia explícitamente este tratamiento hormonal de los “procedimientos estéticos”. Estos tratamientos, afirma el documento, “se enmarcan en el acceso efectivo al derecho a la salud, es decir, en el proceso de constitución corporal e identitario, el libre desarrollo personal y el derecho a la vida”.

telam
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