Juan Ramón Gómez que tenía 31 años y estudiaba comunicación social, perdió su vida el 27 de enero de 2013 a las 1 8:00 horas cuando circulaba en su bicicleta por avenida Quaranta y embestido por un Chevrolet Corsa conducido por Héctor Antonio Espíndola (36 años) quien iba acompañado por su familia.
El Corsa al mando de Espíndola circulaba a 91 kilómetros por hora. En el expediente figura que “el conductor del Corsa realiza una maniobra evasiva compleja y aplica los frenos, no logrando disminuir la velocidad en la zona semaforizada, representando un mayor riesgo para el rodado de menor porte, la bicicleta, que es embestida con una violencia tal que despide varios metros el cuerpo del ciclista Juan Ramón Gómez, quién impacta fuertemente contra el asfalto, provocando lesiones graves que luego derivaron en su muerte”.
A más de 7 años, la Justicia de Misiones condenó a tres años de prisión en suspenso e inhabilitación para conducir vehículos por cinco años, a Héctor Antonio Espindola (ahora 44 años), por hallarlo penalmente responsable del delito de “homicidio culposo” por conducción imprudente, antirreglamentaria y el exceso de velocidad con que manejaba el Chévrolet Corsa la tarde del 27 de enero de 2013 y que ocasionara la muerte en accidente de tránsito del ciclista, Juan Gómez, en avenidas Quaranta y Jaureche de Posadas.
El Tribunal Penal (unipersonal) que condenó a Héctor Antonio Espíndola, estuvo presidido por el Juez Correccional y de menores de Posadas, César Jiménez. La fiscal María Laura Álvarez tuvo a su cargo la parte acusadora.
Durante el año 2013, en el lugar del siniestro vial y en memoria de Juan Gómez, quien fuera donante de órganos regalando vida después de su muerte, una organización que defiende los derechos de los ciclistas colocó una bicicleta blanca.
