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La Secretaría de Comercio Interior fijó nuevos precios máximos para 18 categorías de productos, con un aumento de entre 2% y 6%, a través de la Disposición 14/20920 de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La norma determinó “nuevos precios máximos” para distintas categorías de productos, “los cuales tendrán la variación porcentual máxima que se establece”.

La normativa habilita aumentos en los siguientes porcentajes:

  • 2% para dulces y endulzantes; leches y sus derivados; aceites que no sean de girasol; sopas, caldos, puré, aderezos, condimentos y snacks.
  • 3% para alimentos congelados; bebidas; conservas, chacinados y encurtidos; artículos de limpieza del hogar, cocina y bazar; papeles higiénicos y de cocina; harinas que no sean de trigo, fideos, galletitas y panificados.
  • 4% en alimentos para mascotas; arroz y legumbres; artículos de cuidado personal; infusiones.
  • 5% en el aceite de girasol y harina de trigo.
  • 6% en vinos, espumantes, jugos puros de frutas y yerba.

La disposición indica además que “los precios de los productos que integran las categorías mencionadas se fijarán de conformidad con el porcentaje máximo de incremento autorizado en dicho artículo, aplicado sobre los precios vigentes al 14 de julio último”.

telam
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