La Municipalidad de Posadas informó la adhesión a la Resolución por la cual el Estado provincial aprobó el “Protocolo de actuación sanitaria para Fiestas Seguras y organizaciones de eventos culturales”, que establece medidas para la realización de estos eventos, así como implementación del “Pasaporte Sanitario” obligatorio para los concurrentes.
A través del Decreto 1119/21, sujeto a todas las normativas nacionales y provinciales de prevención ante la Pandemia Covid – 19, la Municipalidad de la capital de la tierra colorada adhirió a la nueva franja horaria para los eventos sociales, el cual es de 7 h a 1 h de lunes a jueves y viernes, sábados, domingos y feriados de 7 h a 4 h.
Mediante la Resolución 2303 firmada el viernes 30 de julio, el Estado provincial aprobó el “Protocolo de actuación sanitaria para Fiestas Seguras y organizaciones de eventos culturales”, que establece medidas para la realización de estos eventos, así como implementación del “Pasaporte Sanitario” obligatorio para los concurrentes, y la medida debía ser refrendada por cada municipio, siendo responsabilidad de cada intendente el “llevar un registro de todos los eventos que se llevarán a cabo en su municipio, debiendo tener a disposición de los organizadores del evento un teléfono, correo electrónico, app, etc. mediante el cual informar a cada municipio con anticipación de siete días previos al evento”.
Además, del nuevo horario que establece la norma, el organizador de fiestas/eventos para obtener una autorización debe presentar en un lapso de 7 días previos al evento:
- los datos del lugar,
- el horario de duración de la celebración
- la cantidad de público: la cual no podrá superar el 90 por ciento de la ocupación total del establecimiento, con un tope máximo de 100 personas.
Para el ingreso a los establecimientos habilitados será obligatorio presentar el carnet de vacunación (físico o digital) emitido por la autoridad sanitaria competente. El grado de inmunización obligatorio será de por lo menos una dosis de la vacuna contra el COVID-19.
Por otro lado, a través del Decreto 1200, se estableció una nueva franja horaria para el sector gastronómico, bares y heladerías para la atención al público que será de lunes a jueves de 8:30 h a 1 h; y los viernes, sábados, domingos y feriados de 8:30 h a 4 hs. Las cafeterías podrán abrir sus puertas desde las 7 h.
El máximo de personas por mesa (burbuja) es de 5, respetanto los protocolos vigentes, las cuales podrán bailar dentro del respectivo grupo o burbuja sanitaria de cada mesa, manteniendo el distanciamiento con otras burbujas.
