Lo hizo a través de la Resolución 234/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial, que en su artículo 1° indica que se considera inversión para la exportación a toda aquella que “implique mejoras en la capacidad exportadora del solicitante”, entendiéndose como tal a la optimización de su capacidad productiva.
Entre ellas, identifica a “los gastos de construcción de nuevas edificaciones, refacción y/o ampliación de las existentes”, siempre y cuando tengan por objetivo la generación de las actividades promovidas por la Ley N° 27.506 de Economía del Conocimiento.
También, incluye “la adquisición o locación de aquellos activos físicos disponibles para ser utilizados en la producción corriente o futura de otros bienes y servicios” que la empresa “acredite como imprescindibles para el desarrollo y/o puesta en marcha del proyecto”.
Asimismo, considera “inversiones respecto de bienes intangibles, entendiéndose como tales a aquellos activos identificables, de carácter no monetario y sin apariencia física de los cuales se espera obtener beneficios económicos futuros, como ser software, bases de datos, I+D, prospección minera, entretenimiento, generación de contenidos artísticos y audiovisuales, diseño, marcas y patentes, y aquellos otros que considere procedente incluir en función del desarrollo del proyecto y las actividades comprendidas en él”.
La norma entiende por inversión en capital de trabajo a “los recursos económicos de una empresa aplicados a desarrollar la actividad económica vinculada al proyecto”, entre los que menciona “insumos, materiales, materias primas y/o bienes intermedios, certificaciones y/o habilitaciones y/o realización de ensayos requeridos para la ejecución del proyecto”.
Otros conceptos incluidos son los salarios del personal en relación de dependencia y los honorarios que se encuentren vinculados directamente al proyecto de inversión presentado por la empresa solicitante.
Las empresas solicitantes tendrán una reducción del 15% si cumplen 1 de una serie de requisitos y del 20% si cumple más de uno, como ser impacto inmediato dentro de los primeros doce meses, localización en zonas desfavorables, perspectiva inclusiva por género, discapacidad o zona de residencia, beneficiarios de planes sociales, primer empleo, entre otros.
De la misma manera, se beneficiarán proyectos que incluyan acciones para beneficios del personal y la comunidad que contemplen perspectiva de inclusión y de los cuidados y proyectos de vinculación tecnológica que impliquen articulación con universidades, organismos o institutos de ciencia y tecnología públicos y/o privados dedicados a la investigación y/o al desarrollo tecnológico.
Este sitio utiliza cookies.