El fallo fue dado a conocer por el vocero presidencial Manuel Adorni, quien subrayó que la resolución judicial “reconoció que se trata de una violación grave a la privacidad institucional y no de un caso de libertad de expresión”.
En la transcripción del fallo, el magistrado recordó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación establece que cualquier limitación a la libertad de expresión debe ser de interpretación restrictiva. Sin embargo, consideró que en este caso se trata de una situación excepcional vinculada a la protección de la intimidad en el ámbito gubernamental.
“Corresponde admitir la protección cautelar requerida con el alcance que se establece a continuación”, sostiene el texto judicial.
El juez dispuso:
La resolución deja constancia de que la medida cautelar busca proteger derechos fundamentales sin afectar el principio de libertad de expresión, pero sí estableciendo límites frente a lo que se calificó como una violación de la privacidad institucional.
con información de Clarín
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