Entre los productos vetados se encuentran dos marcas de aceite de oliva extra virgen que circulaban en el mercado bajo números de registro inexistentes o vencidos. En concreto, los productos fueron removidos por violar la normativa que exige la identificación fehaciente del establecimiento elaborador y del producto final.
Asimismo, la ANMAT extendió la medida a algunas golosinas que también operaban sin la inscripción correspondiente, aunque la información pública disponible no especifica en detalle todas las marcas implicadas.
El organismo remarcó que al tratarse de productos sin trazabilidad, sin registros de establecimiento y/o con rotulado engañoso, “no pueden garantizarse su inocuidad, sus condiciones de elaboración ni su calidad”. Por ello, instruyó que se prohíba su elaboración, fraccionamiento y comercialización en locales físicos y plataformas de venta en línea.
Para los consumidores, la recomendación es suspender el consumo de los productos identificados con irregularidades, y acercarlos al comercio para devolución o reportar al organismo competente. Los comercios, por su parte, deben retirar de inmediato los lotes afectados y cesar su comercialización.
Con información de Minuto Uno
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