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Brasil: Lula aumenta de forma drástica las penas por abuso sexual

El presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, sancionó una ley que endurece de manera significativa las penas por delitos sexuales cometidos contra niños, adolescentes y personas con discapacidad. El texto, aprobado por el Senado en noviembre y publicado en el Diario Oficial, modifica el Código Penal y otras normas de protección para ampliar el alcance de las penas y reforzar la asistencia a las víctimas.

La medida llega en un contexto extremadamente crítico: solo en 2024 se registraron más de 156 denuncias diarias de violencia sexual contra menores, según datos de la Fundación Abrinq.

Con la nueva legislación, la pena máxima para estos delitos puede llegar a 40 años de prisión, convirtiéndose en uno de los castigos más severos dentro del sistema penal brasileño.

Las nuevas penas establecidas por la ley

  • Abuso sexual de vulnerables: prisión de 10 a 18 años

  • Abuso con lesión corporal grave: de 12 a 24 años

  • Abuso con resultado de muerte: de 20 a 40 años

  • Corrupción de menores: de 6 a 14 años

  • Realizar actos sexuales en presencia de un menor de 14 años: de 5 a 12 años

  • Explotación sexual de menores: de 7 a 16 años

  • Difusión o venta de imágenes de abuso sexual: de 4 a 10 años

La norma también incorpora al Código Penal el delito de incumplimiento de medidas de protección urgente, con penas de 2 a 5 años de prisión, ampliando una protección que antes estaba limitada a la Ley Maria da Penha.

Qué más cambia con la nueva legislación

1. Colecta obligatoria de ADN
Todos los investigados y condenados por delitos sexuales deberán someterse a la toma obligatoria de material biológico para su identificación genética.

2. Medidas de protección más amplias e inmediatas
Los jueces podrán aplicar medidas como:

  • Suspensión del porte de armas

  • Afastamiento del hogar o del entorno de la víctima

  • Prohibición de acercamiento o contacto con víctima, familiares y testigos

  • Restricción o suspensión de visitas a menores
    Estas disposiciones pueden incluir tobillera electrónica y dispositivos que alerten a la víctima si el agresor se acerca.

3. Nuevas reglas para la progresión de pena
Para acceder a un régimen más leve o a salidas transitorias, el condenado deberá aprobar un examen criminológico que demuestre ausencia de riesgo de reincidencia.

4. Monitoreo electrónico obligatorio
Todos los condenados por delitos sexuales y por violencia contra la mujer deberán usar monitoreo electrónico al salir del establecimiento penal, lo que permitirá un control más estricto del cumplimiento de la pena.

5. Ampliación del acompañamiento psicológico y médico
El Estatuto de la Niñez y Adolescencia y el Estatuto de la Persona con Discapacidad ahora garantizan apoyo psicológico, psiquiátrico y médico no solo a las víctimas, sino también a sus familias y cuidadores.


con información de Correio Do Povo

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