El abogado Eduardo Gerard presentó un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos para que se reexamine la sentencia por el homicidio de Fernando Pastorizzo.

El planteo sostiene que una perito que analizó el teléfono de Galarza no tendría la formación técnica necesaria y cuestiona la aplicación del agravante por el vínculo, según publicó La Voz.

La defensa de Nahir Galarza presentó un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos para solicitar la revisión de la condena a prisión perpetua por el homicidio de Fernando Pastorizzo, ocurrido en diciembre de 2017.

La presentación fue radicada ante la Sala Penal N° 1 del máximo tribunal provincial por el abogado Eduardo Gerard, quien asumió la representación de Galarza a fines del año pasado. El objetivo es que la Justicia vuelva a analizar las pruebas utilizadas para dictar la sentencia.

El pedido fue formulado después de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazara, en julio de 2024, el último recurso extraordinario presentado por la defensa anterior. Esa decisión dejó firme la condena en las instancias judiciales ordinarias.

El nuevo planteo se sustenta en el artículo 527 del Código Procesal Penal de Entre Ríos, que permite revisar sentencias firmes ante circunstancias excepcionales o cuando aparecen nuevos elementos capaces de poner en duda la validez del proceso.

La estrategia defensiva se concentra en dos cuestionamientos: la presunta utilización de una pericia falsa y la aplicación de una interpretación jurídica que, según el recurso, resultó más perjudicial para la acusada.

Uno de los principales argumentos apunta contra el informe realizado sobre el teléfono celular de Galarza. La defensa cuestionó la intervención de Gabriela Laiño, perito de la Policía de Entre Ríos, al señalar que es licenciada en Bromatología y que no tendría la formación técnica requerida para efectuar ese análisis.

El informe consta de aproximadamente 1.500 páginas y fue considerado por el Tribunal de Gualeguaychú como una de las pruebas centrales del juicio. A partir de ese material se buscó acreditar que Galarza y Pastorizzo mantenían una relación de pareja estable.

La existencia de ese vínculo fue determinante para aplicar la figura de homicidio agravado por el vínculo, calificación que contempla la pena de prisión perpetua. La defensa sostiene que, sin ese agravante, el hecho debería haber sido evaluado bajo la figura de homicidio simple, que prevé una escala penal menor.

El recurso también afirma que el juicio no fue analizado con la debida perspectiva de género. Gerard señaló que existen fallos recientes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del Superior Tribunal entrerriano que permitirían aplicar criterios jurisprudenciales más actuales.

Además, el abogado cuestionó la forma en que se tuvo por acreditada la relación sentimental. Según el planteo, el tribunal no habría considerado de manera adecuada requisitos como la existencia comprobada de un proyecto de vida en común.

Ahora, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos deberá analizar la admisibilidad del recurso y determinar si existen elementos suficientes para revisar una condena que ya se encuentra firme.


Con información de La Voz.