El decreto 681/2026 incorporó nuevas causales para impedir el ingreso al país, cancelar residencias y ordenar expulsiones por expresiones de odio, discriminación o violencia vinculadas con la nacionalidad.
La medida también alcanza a quienes participen en actos de ultraje contra símbolos patrios, aunque excluye expresamente las críticas políticas, académicas y ciudadanas legítimas.
El presidente Javier Milei firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia que habilita al Estado nacional a impedir el ingreso o disponer la expulsión de extranjeros que difundan mensajes de odio, promuevan la discriminación o inciten a la violencia contra la Argentina y sus ciudadanos por motivos de nacionalidad.
La medida fue oficializada este jueves mediante el decreto 681/2026, publicado en el Boletín Oficial. La Oficina del Presidente vinculó la decisión con las “recientes manifestaciones de hostilidad” contra el país y afirmó que la defensa de la Nación, sus habitantes y sus símbolos “no es negociable”.
“Frente a las recientes manifestaciones de hostilidad contra la República Argentina y los argentinos, el Gobierno Nacional reafirma que la defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus símbolos no es negociable. Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”, sostuvo el Ejecutivo.
La decisión se conoció luego de lo que el Gobierno calificó como una “campaña anti-Argentina” registrada después del Mundial. En los fundamentos del decreto, la administración de Milei sostuvo que aumentaron los mensajes de odio y los actos de hostilidad dirigidos contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional.

Qué conductas contempla el decreto
El DNU incorporó un nuevo inciso al artículo 29 de la Ley 25.871, que establece las causas por las cuales una persona extranjera puede ser rechazada al intentar ingresar al territorio argentino.
La modificación permitirá impedir la entrada de quienes hayan difundido “mensajes de odio en forma oral o escrita” o incitado a ejercer violencia contra el pueblo argentino o contra una persona por su nacionalidad.
La restricción también alcanzará a quienes hayan realizado, promovido o participado en actos de ultraje contra símbolos patrios nacionales. Según el Gobierno, esas conductas pueden representar un riesgo para los ciudadanos y afectar las condiciones de convivencia y paz social requeridas para la admisión y permanencia de extranjeros.
El texto aclara que no serán consideradas dentro de estas causales las expresiones de disenso ideológico ni las críticas políticas, académicas o ciudadanas realizadas en el ejercicio legítimo de derechos constitucionales.
Cancelación de residencias y expulsiones
El decreto también modificó el artículo 62 de la Ley de Migraciones para incorporar estas conductas como causales de cancelación de residencia de extranjeros que ya se encuentren en el país.
La residencia podrá ser revocada cuando una persona haya difundido mensajes de odio, promovido actos de violencia contra argentinos por su nacionalidad o participado en acciones contra los símbolos patrios.
En esos casos, la autoridad podrá intimar al extranjero a abandonar el territorio nacional dentro de un plazo determinado o disponer directamente su expulsión.
Para tomar una decisión, los organismos intervinientes deberán evaluar “las circunstancias fácticas y personales del interesado”, de acuerdo con la modificación incorporada al artículo 63 de la normativa.