Las transferencias bancarias y los movimientos realizados mediante billeteras virtuales continúan sujetos a parámetros de información establecidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), aunque esos valores no funcionan como límites máximos para mover dinero.
Uno de los aspectos que genera mayor confusión está relacionado con las transferencias entre cuentas pertenecientes al mismo titular.
Según los parámetros vigentes para operaciones realizadas desde abril de 2026, las transferencias bancarias y/o virtuales tienen un umbral de $2.500.000 dentro del régimen de información.
Esto no significa que una persona no pueda transferir una suma superior. ARCA no establece un monto máximo para enviar dinero entre cuentas propias, siempre que el titular pueda acreditar y justificar el origen de los fondos en caso de que el banco, la billetera virtual o el organismo soliciten documentación.
Para los movimientos totales de ingresos o egresos de billeteras virtuales, los parámetros establecidos son diferentes: alcanzan los $50 millones para personas humanas y los $30 millones para personas jurídicas.
Superar estos valores tampoco convierte automáticamente una operación en irregular ni significa que el dinero será bloqueado. Se trata de parámetros a partir de los cuales las entidades deben informar determinados movimientos.
Por eso, ante transferencias importantes, el elemento central es la trazabilidad de los fondos. Quien realiza la operación debe estar en condiciones de demostrar de dónde proviene el dinero si recibe un pedido de documentación.
Los parámetros resultan especialmente relevantes para usuarios que realizan movimientos elevados y utilizan de manera habitual tanto cuentas bancarias como billeteras virtuales.
Con información de Nuevo Diario Web.
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