La decisión fue establecida mediante la Disposición 804/2026 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, publicada en el Boletín Oficial. La prohibición rige en todo el país y alcanza a las distintas presentaciones, modelos y variantes que no acrediten el cumplimiento de los requisitos de seguridad vigentes.
El análisis de laboratorio realizado sobre muestras del juguete “Squeezy Pinch Family” detectó una concentración excesiva de bis(2-etilhexil) ftalato, conocido como DEHP, un compuesto utilizado como plastificante en materiales plásticos y cuya presencia se encuentra regulada en juguetes y artículos de puericultura.
Según el ensayo, la sustancia superaba el 0,2% del peso del material analizado, mientras que el máximo permitido es del 0,1%. El estudio fue realizado por el laboratorio de la Cámara Argentina de la Industria del Juguete, acreditado por el Organismo Argentino de Acreditación.
La disposición establece que importadores, distribuidores y comerciantes mayoristas y minoristas deberán destruir y desechar de manera segura e inmediata las unidades comprendidas en la prohibición que permanezcan en su poder.
Los vendedores que comercialicen estos productos a través de sitios web deberán además informar de manera destacada sobre la medida dentro de las 72 horas hábiles posteriores a su entrada en vigencia. El incumplimiento podrá derivar en sanciones contempladas por la Ley de Defensa del Consumidor y el régimen de Lealtad Comercial.
La decisión fue adoptada después de que las autoridades recibieran denuncias y antecedentes vinculados con juguetes importados que podrían contener ftalatos en concentraciones superiores a las admitidas. También se habían realizado fiscalizaciones y aplicado medidas preventivas para verificar el cumplimiento de las normas de seguridad.
Con información de TN.
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