Argentina

La Justicia de Nueva York definirá si Argentina debe entregar el 51% de YPF como indemnización

La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York anunciará en las próximas horas su fallo sobre la orden de la jueza Loretta Preska, que dispuso la entrega de un 51% de las acciones de YPF a Burford Capital y Eton Park como indemnización por la expropiación de la compañía. El veredicto definirá si Argentina debe o no entregar esas acciones como compensación.

El marco de la causa ya contenía una contundente resolución de primera instancia: la jueza Preska falló a favor de una indemnización que supera los 16.000 millones de dólares, con intereses, derivada de la nacionalización de YPF. En ese contexto, las partes buscan definir la vía de pago y la forma de ejecución de la indemnización, incluyendo la posibilidad de entregar las acciones de la petrolera.

Frente a este asunto, el Estado argentino presentó dos recursos de apelación: uno para cuestionar la sentencia de primera instancia que ordenó pagar la indemnización, y otro para frenar la entrega del 51% de las acciones de YPF. Los abogados argentinos solicitaron tanto la suspensión del fallo como una revisión de la jurisdicción y los límites de la orden, argumentando que no sería procedente expropiar esas acciones y que la medida debería depender de una decisión legislativa interna.

Entre los argumentos de la defensa, destacan que “Preska está invadiendo una jurisdicción” y que las acciones “son de imposible expropiación” porque están registradas en la Caja de Valores. También se subrayó que cualquier acción relacionada con la expropiación de una empresa estatal debe requerir la aprobación del Congreso con una mayoría especial de dos tercios, enfatizando que no se trata de un conflicto comercial entre entidades privadas, sino de un caso que involucra a un Estado soberano.

La defensa advirtió sobre posibles “consecuencias irreparables” si se entrega el 51% de YPF antes de que se defina la cuestión de fondo. Durante la revisión, la fiscalía y los demandantes sostienen que la deuda debe cumplirse conforme a lo ordenado, con el proceso de ejecución que corresponda.


Con información de Minuto Uno

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